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Delegación de Concejalías. Funciones La sesión plenaria extraordinaria celebrada el 6 de julio de 2015 aprobó el Decreto de nombramiento de Tenientes de Alcalde y Delegación de Concejalías

Publicado por Rafael Jordá

DECRETO DE ALCALDÍA

DON BORJA GUTIÉRREZ IGLESIAS,ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BRUNETE (MADRID)

 

Celebradas las Elecciones Municipales con fecha de 24 de Mayo de 2015, un vez constituida la nueva Corporación el pasado 13 de Junio, y de conformidad con lo establecido en el Art. 21.2 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen local y Artículo 46 del R.O. 2568/86, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

 

HE RESUELTO:

 

PRIMERO: NOMBRAR TENIENTES DE ALCALDE a los siguientes concejales:

  • PRIMER TENIENTE DE ALCALDE, DÑ. Mª del Mar Nicolás Robledano.
  • SEGUNDO TENIENTE DE ALCALDE, D. Manuel Pradillo López.
  • TERCERA TENIENTE DE ALCALDE, DÑ. Ana Cristina Gil Guerra.
  • CUARTO TENIENTE DE ALCALDE, D. José Vicente la Cave Rupérez.

 SEGUNDO: NOTIFICAR el presente acuerdo a los interesados.

 TERCERO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrando en vigor desde el día siguiente a lafirma del presente Decreto.

 CUARTO: DAR CUENTA de la presente resolución al Pleno de la Corporación, en la próxima sesión que celebre.

 Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente,  en Brunete, a veintinueve de junio  de dos mil quince, ante mí la Secretaria, que certifico.

 EL ALCALDE, Fdo. Borja Gutiérrez  Iglesias, Ante mí, LA SECRETARIA, Fdo. Lorena Crespo Iglesias."

 DECRETO DE ALCALDÍA

 DON BORJA GUTIÉRREZ IGLESIAS, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BRUNETE (MADRID)

 Celebradas las Elecciones Municipales con fecha de 24 de Mayo de 2015, y constituida la nueva Corporación el pasado 13 de Junio, y con objeto de llevar a cabo una reestructuración de las distintas áreas municipales, y desconcentrar los distintos servicios del Ayuntamiento, y de conformidad  con lo establecido en el Art. 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Artículos 43, 44, 46, 47, 114, 118 y 120 del R.O. 2568/86, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades.

 HE RESUELTO:

 PRIMERO: DELEGAR en D. MANUEL PRADILLO LÓPEZ, el ejercicio de atribuciones genéricos en los siguientes  áreas de este Ayuntamiento:

  • Urbanismo
  • Medio Ambiente
  • Parques y jardin es (mañanas) Comercio y Actividades Transportes

 Asimismo se efectúo a favor de D. Manuel Pradillo López, delegación especial relativa a proyectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de emitir actos que afecten a terceros limitada al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo 53.5 a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, paro la Concejalía­ Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente, Parques y Jardines, Comercio y Actividades y Transporte, con autorización y encomienda de emitir actos que afecten a terceros que comprenderán la emisión de resoluciones expresas cuando proceda y la firma de las mismas, así como de cuanta documentación corresponda para su adecuada resolución y gestión, en las siguientes materias que se enumeran a título enunciativo:

  • Resoluciones  en  materia  de  restablecimiento  de  la  legalidad  urbanística, disciplina urbanística y expedientes sancionadores urbanísticos.
  • Dictar órdenes de ejecución.
  • Otorgamiento de licencias de obra menor.
  • Ejecución subsidiaria como consecuencia de expedientes  relativos a materias propias de su Área.
  • Potestad sancionadora en materia de medio ambiente cuya competencia sea municipal. Autorizaciones de poda.
  • Resoluciones relativas al cumplimiento del deber de conservación.
  • Potestad sancionadora por infracciones contempladas en la Ordenanza de Protección de animales.
  • Potestad sancionadora por infracciones en materia de actividades.
  • Concesión de tarjetas de estacionamiento para personas de movilidad reducida.
  • Potestad   sancionadora   por   infracciones   en   materia   de   transporte   que   sean   de competencia municipal.

Facultad de efectuar contrataciones y concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo importe no supere los seis mil euros {6.000 €} sin /VA; la presente facultad  implica la de aprobación, disposición  del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros (6.000 €} más el IVA que corresponda.

SEGUNDO: DELEGAR en DÑA. ANA CRISTINA GIL GUERRA, el ejercicio de atribuciones genéricas en las siguientes áreas  de este Ayuntamiento:

  • Recursos Humanos
  • Obras Públicas, Vías Públicas e Infraestructuras.
  • Empleo
  • Desarrollo local Formación.

 Asimismo se efectúa afavor de DÑA. Cristina Gil Guerra, delegación especial relativa a proyectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de emitir actos que afecten a terceros limitada al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo (53.5 a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos, Obras Públicas, Vías Públicas e Infraestructuras, Empleo, Desarrollo local y Formación, con autorización y encomienda de emitir  actos que afecten a terceros que comprenderán la emisión de resoluciones expresas cuando proceda y Ja firma de las mismas, así como de cuanta documentación corresponda para su  adecuada resolución y gestión, en las siguientes materias que se enumeran  a título  enunciativo:

  • Autorizaciones de situaciones  de vacaciones, días de libre disposición, permisos, licencias, etcétera al personal al servicio de Ja Administración municipal, en coordinación con el resto de Concejalías-Delegadas  y servicios municipales.
  • Facultad de efectuar  contrataciones y concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo importe no supere los seis mil euros (6.000 €) sin / VA; la presente facultad implica la de aprobación, disposición del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros (6.000 €) más el IVA que corresponda.
  •  Aprobación de pagos a justificar.
  •  Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillo (licencias de obra, etc).
  • Autorizaciones  de ocupación de vía pública por contenedores, sacos de escombros, cortes de vía pública, etc.
  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

 TERCERO: DELEGAR en DÑA. MARÍA DEL MAR NICOLÁS ROBLEDANO, el ejercicio de atribuciones genéricas en las siguientes áreas de este Ayuntamiento:

  • Cultura
  • Festejos populares Protección Civil
  • Atención al vecino (mañanas). Educación
  • Organización de eventos Asociaciones

Asimismo se efectúa a favor de D9 María del Mar Nicolás Robledano, delegación especial relativa a proyectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de emitir actos que afecten a  terceros limitada al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos  o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo 53.5 a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para la Concejalía-Delegada de Cultura, Festejos Populares, Protección Civil, Atención al vecino (mañanas}, Educación y organización de eventos, con autorización y encomienda de emitir actos que  afecten  a terceros que comprenderán la emisión de resoluciones expresas cuando proceda y la firma  de  las mismas, así como de cuanta documentación corresponda para su adecuada resolución y gestión, en las siguientes materias que se enumeran a título enunciativo:

  • Facultad de efectuar contrataciones y concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo importe no supere los seis mil euros (6.000 €) sin /VA; la presente facultad implica la de aprobación, disposición del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros (6.000 €) más el IVA que corresponda.
  •  Aprobación de pagos ajustificar.
  •  Autorizaciones para utilización de espacios y/ edificios públicos a solicitud de particulares, grupos políticos, asociaciones, etcétera.
  • Potestad  sancionadora  por  infracciones  reguladas  en  la  ordenanza  de  convivencia ciudadana.
  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

CUARTO: DELEGAR en DÑA, MARÍA TERESA MORÁN UCEDA el ejercicio de atribuciones genéricas en las siguientes áreas de este Ayuntamiento:

  • Asuntos Sociales Familia
  • Mujer Mayores
  • Atención al vecino (tardes) Inmigración
  • Voluntariado

 Asimismo se efectúa a favor de María Teresa Morón Ucedo, delegación especial relativa a proyectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de emitir actos que afecten  o  terceros limitada al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo 53.5 o) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para la Concejalía-Delegado de Asuntos Sociales, Familia, Mujer, Mayores, Atención al vecino (tardes) e Inmigración, con autorización y encomienda de emitir actos que afecten a terceros que comprenderán lo emisión de resoluciones expresas cuando proceda y la firmo de las mismas, así como de cuanta documentación corresponda para su adecuada resolución y gestión, en los siguientes materias que se enumeran  a  título enunciativo:

  • Facultad de efectuar contrataciones y concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo importe no supere los seis mil euros {6.000 €} sin /VA; la presente facultad implico la de aprobación, disposición del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros (6.000 €) más el IVA que corresponda. Aprobación de pagos a justificar.
  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

 QUINTO: DELEGAR en DÑA, ELENA CALDERÓN RODRÍGUEZ el ejercicio de atribuciones genéricos en las siguientes áreas de este Ayuntamiento:

  • Sanidad
  • Consumo
  • Agricultura

Asimismo se efectúa afavor de DÑA. Elena Calderón Rodríguez, delegación especial relativa a proyectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de emitir actos que afecten a terceros limitada al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo 53.5 a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para la Concejalía­ Delegada de Sanidad, Consumo y Agricultura, con autorización y encomienda de emitir actos que afecten a terceros que comprenderán lo emisión de resoluciones expresas cuando proceda y la firma de las mismas, así como de cuanta documentación corresponda para su adecuada resolución y gestión, en las siguientes materias que se enumeran a título enunciativo:

  • Facultad de efectuar contrataciones y  concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo importe no supere los seis mil euros {6.000 €) sin /VA; la presente facultad implica la de aprobación, disposición del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros {6.000 €} más el IVA que corresponda.
  • Aprobación de pagos ajustificar .
  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

 SEXTO: DELEGAR en D. EDUARDO RECIO ÁLVAREZ el ejercicio de atribuciones genéricas en las siguientes áreas de este Ayuntamiento:

  • Deportes Patrimonio
  • Parques y jardines (tardes) Urbanizaciones

Asimismo se efectúa a favor de D. Eduardo Recio Álvarez, delegación especial relativa a proy ectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de  emitir actos que afecten  a  terceros  limitada  al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo 53.5 aj del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para la Concejalía­ Delegada de Deportes, Patrimonio, Parques y Jardines (tardes) y Urbanizaciones, con autorización y encomienda de emitir actos que afecten a terceros que comprenderán la emisión  de  resoluciones expresas cuando proceda y lafirma de las mismas, así como de cuanta documentación corresponda para su adecuada resolución y gestión, en las siguientes materias que se enumeran a título enunciativo:

Facultad de efectuar contrataciones y concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo importe no supere los seis mil euros {6.000 €) sin /VA; Ja presente facultad implica la de aprobación, disposición del gasto, reconocimiento de Ja obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros {6.000 €) más el IVA que corresponda. Aprobación de pagos ajustificar.

  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

 

SÉPTIMO: DELEGAR en DÑA. MARÍA SOLEDAD LÓPEZ-VARELA CELDRÁN el ejercicio de atribuciones genéricas en las siguientes áreas de este Ayuntami ento:

  • Seguridad Ciudadana Movilidad
  • Limpieza viaria y recogida de residuos.

Asimismo se efectúa a favor de D2 María Soledad López-Varela Celdrón, delegación especial relativa a proyectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de emitir actos que  afecten  a  terceros limitada al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo 53.5 a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, paro la Concejalía-Delegada de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Limpieza viaria y  recogida de residuos, con autorización y encomienda de emitir actos que afecten a terceros que comprenderán la  emisión de resoluciones expresas cuando proceda y la firma de las mismas, así como de cuanta documentación corresponda para su adecuada resolución y gestión, en las siguientes materias que se enumeran a título enunciativo:

  • Dirección, gestión y resolución de actos administrativos en materia de circulación, trófico de vehículos y seguridad vial en este municipio, incluida la potestad sancionadora así como la resolución de los recursos de reposición y demás actos administrativos que puedan interponerse contra los actos dictados en el ejercicio de la potestad delegada.
  • Facultad de efectuar contrataciones y concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo importe no supere los seis mil euros (6.000 €} sin /VA; la presente facultad implico la de aprobación, disposición del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros {6.000 €} más el IVA que corresponda. Aprobación  de pagos  ajustificar.
  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

OCTAVO: DELEGAR en D. JOSÉ VICENTE LA CAVE RUPÉREZ, el ejercicio de atribuciones genéricos en las siguientes áreas de este Ayuntamiento:

  • Economía y Hacienda
  • Nuevas  Tecnologías
  • Compras

 Asimismo se efectúa afavor de D. José Vicente La Cave Rupérez, delegación especial relativa a proyectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de emitir actos que afecten a terceros  limitada  al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo 53.5 a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Loco/es, poro la Concejalía ­ Delegada de Economía y Hacienda, Nuevos Tecnologías y Compras, con autorización y encomienda de emitir actos que afecten a terceros que  comprenderán lo emisión de resoluciones expresos  cuando proceda y la firmo de las mismas, así como de cuanto documentación correspondo poro  su adecuada resolución y gestión, en las siguientes materias que se enumeran o título enunciativo:

  • Aprobación de padrones y liquidaciones tributarias por impuestos, precios públicos, salvo que el ingreso se realice de formo directo por tenerlo así establecido las ordenanzas fiscales.
  • Aprobación defraccionamientos y aplazamientos de pagos.
  • Aprobación de expedientes de devolución de ingresos indebidos.
  • Resoluciones sobre altas, bajas y modificaciones en cargos en materia de tributos.
  • Resoluciones de reclamaciones y recursos que se interpongan contra las liquidaciones tributarias.
  • Concesión de exenciones y bonificaciones reconocidas legalmente.
  • Facultad de efectuar contrataciones y concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo imparte na supere las seis mil euros (6.000 €) sin IVA; la presente facultad implica la de aprobación, disposición del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros (6.000 €) más el IVA que corresponda.
  • Aprobación de pagos ajustificar.
  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

 NOVENO: DELEGAR en DÑA. MILAGROS CALATAYUD PAZ el ejercicio de atribuciones genéricas en las siguientes áreas de este Ayuntamiento:

  • Juventud
  • Infancia
  • Turismo

Asimismo se efectúa a favor de Df! Milagros Calatayud Paz, delegación especial relativa a proyectos o asuntos determinados, con facultad, en su caso, de emitir actas que afecten a terceros limitada  al tiempo de gestión o ejecución de dichos proyectos o asuntos en los términos y con el alcance previsto en el artículo 53.5 a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para la Concejalía­ Delegada de Juventud, Infancia y Turismo, con autorización y encomienda de emitir actos que afecten a terceros que comprenderán la emisión de resoluciones expresas cuando proceda y la firma de las mismas, así como de cuanta documentación corresponda para su adecuada resolución y gestión, en las siguientes materias que se enumeran a título enunciativo:

  • Facultad de efectuar contrataciones y concesiones de toda clase en el ámbito de sus competencias delegadas, cuyo importe no supere los seis mil euros {6.000 €} sin /VA; la presente facultad implica la de aprobación, disposición del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago por importe no superior a seis mil euros {6.000 €) más el IVA que corresponda.
  •  Aprobación de pagos a justificar.
  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.
  • Firma de crtificados de empadronamiento que se emitan por el Ayuntamiento de Brunete, así como la firma de aquellos otros asuntos que puedan concernir a este Ayuntamiento en relación con el padrón municipal conforme a lo establecido por el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
  • Oficios relativos a la publicación de Edictos en el Tablón de Anuncios municipal. Resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial.
  • Seguimiento, planificación y concesión en su caso, de los permisos y/o autorizaciones a que diera lugar el cementerio municipal.
  • Celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.
 
   

 

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